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Planes de pensiones y jubilación
PLANIFICA TU FUTURO CON SANTALUCÍA

Jubilación y Planes de pensiones

Planificar con la suficiente antelación es la mejor manera de cuidar nuestra salud económica de cara a la jubilación. Los Planes de pensiones de Santalucía te ayudarán a cumplir tu objetivo financiero, permitiéndote materializar un ahorro a largo plazo complementario a la prestación pública de la Seguridad Social con el que mantener tu nivel de vida en esta nueva etapa.

Planificar con la suficiente antelación es la mejor manera de cuidar nuestra salud económica de cara a la jubilación. Los Planes de pensiones de Santalucía te ayudarán a cumplir tu objetivo financiero, permitiéndote materializar un ahorro a largo plazo complementario a la prestación pública de la Seguridad Social con el que mantener tu nivel de vida en esta nueva etapa.

ASEGURANDO EL FUTURO

Ahorro previsional para la jubilación

Un Plan de pensiones es uno de los instrumentos financieros más comunes para ahorrar de cara a la jubilación. Un producto con importantes incentivos fiscales, especialmente diseñado para canalizar esas aportaciones a largo plazo con las que complementar la pensión pública.

En un seguro de jubilación, el asegurado aporta de manera periódica una cantidad económica establecida a cambio de una cobertura en caso invalidez o fallecimiento, y una rentabilidad sobre el capital aportado. El dinero siempre está disponible en función del cumplimiento de una serie de condiciones.

RENTABILIDAD PARA TUS AHORROS A CORTO, MEDIO Y LARGO PLAZO

Planes de pensiones de Renta Fija y Renta Variable

Tú eliges la rentabilidad que obtendrás en función de tu perfil inversor, el horizonte temporal y el nivel de riesgo que quieras asumir.

Renta Fija Mixta Internacional

Santalucía Panda Prudente

Panda Prudente está pensado para aquellos ahorradores que prefieren la seguridad gracias a su nivel de riesgo bajo.

  • Se integra en un Fondo de Pensiones de Renta Fija Mixta Internacional.
  • Exposición máxima a renta variable del 30 % del fondo.
  • Riesgo bajo.
  • Bajas comisiones.

Renta Variable Mixta Internacional

Santalucía Polar Equilibrado

Si te gusta el equilibrio entre rentabilidad y riesgo elige nuestro Plan de pensiones Santalucía Polar Equilibrado.

  • Integrado en un Fondo de pensiones de Renta Variable Mixta Internacional.
  • Exposición máxima a renta variable del 50 % del fondo.
  • Riesgo moderado.
  • Bajas comisiones.

Renta Variable Mixta Internacional

Santalucía Pardo Decidido

El Plan de pensiones Pardo decidido está pensado para personas con un horizonte temporal para su jubilación mayor a 15 años.

  • Integrado en un Fondo de pensiones de Renta Variable Mixta Internacional.
  • Exposición máxima a renta variable del 75 % del fondo, invirtiendo principalmente en renta variable en países de la OCDE.
  • Riesgo alto.

Tu Plan Más Personal, Santalucía Gestión Estable y Plan de Pensiones de Empleo para Autónomos

Ponemos a tu disposición otros Planes de pensiones diseñados para que dispongas de un capital cuando llegue la hora de tu jubilación.

Planes adaptados a tu fecha de jubilación

Ciclo de vida
Tu Plan Más Personal

Si lo que te gusta es un plan adaptado a tu fecha de jubilación, nuestros Planes de pensiones Ciclo de Vida se ajustan a tu situación en función del tiempo restante hasta que te jubiles. Así, dispondrás del plan más conveniente para afrontar el futuro con la máxima tranquilidad, sin preocuparte de realizar ninguna gestión.

 
Planes de pensiones Ciclo de Vida
Rentabilidad a corto plazo

Santalucía Gestión Estable

Si tu edad de jubilación está cerca y no deseas asumir riesgos, este plan tiene como objetivo obtener una rentabilidad positiva a corto plazo, ya que invierte principalmente en mercados de renta fija y tesorería, priorizando la seguridad y minimizando así el riesgo de las inversiones con respecto a las variaciones del entorno económico.

 
Santalucía Gestión Estable
Planificación financiera sólida a largo plazo

Plan de Pensiones de Empleo para Autónomos

¿Trabajas por cuenta propia y estás preocupado por tu capacidad para ahorrar de cara a la jubilación? ¿Necesitas un instrumento para complementar tu pensión pública? Nuestro Plan de Pensiones de Empleo Simplificado para Autónomos te ofrece toda la seguridad financiera y tranquilidad que estás buscando para afrontar esta nueva etapa.

 
Plan de Pensiones de Empleo Simplificado para Autónomos
Otros Planes de pensiones

Otros Planes de pensiones

Si estás pensando en tu jubilación, nada mejor que diseñar un buen plan y contar con un producto que se adapte a tus objetivos y circunstancias personales.

Si estás pensando en tu jubilación, nada mejor que diseñar un buen plan y contar con un producto que se adapte a tus objetivos y circunstancias personales.

Dentro de nuestro porfolio de Planes de pensiones encontrarás otras interesantes alternativas con las que ahorrar y construir un capital que te permita percibir una pensión complementaria a la pública en el momento de tu jubilación. Elige el producto más adecuado a tu perfil.

Planes de pensiones Ciclo de Vida

Planes de pensiones conservadores

Planes de pensiones moderados

Planes de pensiones dinámicos

INFORMACIÓN ACTUALIZADA

Informes trimestrales de Planes de pensiones

Con los informes trimestrales de Planes de pensiones conocerás todos los datos relativos a tu inversión: composición de la cartera, evolución de la rentabilidad y comentarios sobre el entorno económico.

Informes Planes de pensiones
EPSV, Planes de Empleo y Liquidación de Fondos

EPSV, Planes de Empleo y Liquidación de Fondos

Accede a toda la información sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV), Planes de Pensiones de Empleo y Liquidación de Fondos de Pensiones.

Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV)

Podrás ahorrar de la forma más fácil, disponer de un capital o una renta cuando te jubiles, en caso de incapacidad, dependencia, desempleo de larga duración o enfermedad grave, e incluso para tus beneficiarios en caso de fallecimiento... Y estas son, tan solo, algunas de sus interesantes ventajas*.

 

SANTALUCÍA VP GESTIÓN DECIDIDO PPSI
Plan de previsión individual que enmarcamos dentro de la categoría de Renta Variable Mixta Internacional, en el que se invierte entre un 50 % y un 70 % en Renta Variable.

SANTALUCÍA VP MIXTO PRUDENTE PPSI
Plan que enmarcamos dentro de la categoría de Renta Fija Mixta Internacional, en el que decidimos invertir hasta un máximo del 30 % en Renta Variable.

SANTALUCÍA VP RENTA FIJA PSI
Plan que enmarcamos dentro de la categoría de Renta Fija a Largo Plazo, en el que decidimos invertir de manera permanente hasta un mínimo del 30 % en activos de deuda pública de países pertenecientes a la Unión Económica y Monetaria, denominados en euros, teniendo la cartera una duración financiera entre 1,5 y 5 años.

 

* Solo para residentes fiscales del País Vasco.

Información General de Planes de Empleo

Liquidación de Fondos de Pensiones

Liquidación FFPP no operativos de SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros.

 

AVIVA VII, FONDO DE PENSIONES
De conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 del Real Decreto Legislativo 1/2002 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de Planes y Fondos de Pensiones, se publica el acuerdo de disolución y liquidación de Aviva VII, Fondo de Pensiones, adoptado el 27 de septiembre de 2023 por su Entidad Gestora SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros y por su Entidad Depositaria BANKINTER, S.A., debido a la ausencia de planes de pensiones integrados en dicho fondo de pensiones.

AVIVA VIII, FONDO DE PENSIONES
De conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 del Real Decreto Legislativo 1/2002 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de Planes y Fondos de Pensiones, se publica el acuerdo de disolución y liquidación de Aviva VIII, Fondo de Pensiones, adoptado el 5 de septiembre de 2023 por su Entidad Gestora SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros y por su Entidad Depositaria BANCO INVERSIS, S.A., debido a la ausencia de planes de pensiones integrados en dicho fondo de pensiones.

AVIVA IX, FONDO DE PENSIONES
De conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 del Real Decreto Legislativo 1/2002 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de Planes y Fondos de Pensiones, se publica el acuerdo de disolución y liquidación de Aviva IX, Fondo de Pensiones, adoptado el 27 de septiembre de 2023 por su Entidad Gestora SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros y por su Entidad Depositaria BANKINTER, S.A., debido a la ausencia de planes de pensiones integrados en dicho fondo de pensiones.

AVIVA FONDOEMPLEO I, FONDO DE PENSIONES
De conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 del Real Decreto Legislativo 1/2002 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de Planes y Fondos de Pensiones, se publica el acuerdo de disolución y liquidación de Aviva Fondoempleo I, Fondo de Pensiones, adoptado el 5 de septiembre de 2023 por su Entidad Gestora SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros y por su Entidad Depositaria BANCO INVERSIS, S.A., debido a la ausencia de planes de pensiones integrados en dicho fondo de pensiones.

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Ahora que ya conoces nuestros planes de pensiones, te presentamos otras interesantes soluciones de Ahorro e Inversión.

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Preguntas frecuentes sobre Jubilación y Planes de pensiones

Consulta todas las FAQs sobre Planes de pensiones

  • Las aportaciones realizadas reducen la Base Imponible del IRPF.Los límites legales establecidos para aportaciones son los siguientes:
    • 8.000 €, independientemente de la edad del partícipe.
    • 24.250 € si el partícipe es una persona discapacitada.
    • Las aportaciones realizadas a favor de personas con discapacidad tienen un límite de 10.000 €. Las realizadas a favor del cónyuge, siempre que sus rentas no superen los 8.000 euros anuales, están limitadas a 2.500 €. Estas aportaciones son independientes de las indicadas anteriormente.
  • Se establece como límite de reducción el menor entre lo efectivamente aportado (con los límites anteriores) y el 30% de los rendimientos del trabajo y/o actividades económicas.

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